En el Código Penal de California, la disposición 244 es la que regula la conducta criminal de asaltar con sustancias químicas cáusticas a otro sujeto. Se trata de una conducta que puede ser dirigida a un solo individuo o a un grupo de ellos, por cuanto este tipo de ataques normalmente suelen tener grandes proporciones y consecuencias muy graves, como causar quemaduras, desfiguramiento y hasta la muerte de las víctimas. Nos estamos refiriendo a sustancias químicas tan letales, que tienen la capacidad de destruir y quemar cualquier tejido del cuerpo humano, sin que sea posible su reparación y recuperación.
Debido a la gravedad de las lesiones que pueden producir este tipo de sustancias y al potencial peligro que su uso puede representar para los individuos, se trata de un crimen considerado muy grave, que se castiga con largas penas en la cárcel y con multas cuantiosas, siendo posible también que el Tribunal condene al procesado a pagar una indemnización por los perjuicios que pudieron ser causados a las víctimas.
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Emplear un químico cáustico, con el propósito de causarle lesiones o daños a otro individuo, se trata de una actividad criminal considerada atroz en Chula Vista CA, por el peligro y el riesgo que el uso de este tipo de sustancias puede representar, no sólo para el sujeto que sea el blanco del asalto, sino también para quienes lo rodean, por esas razones, y por la alta peligrosidad que supone el manejo y transporte de este tipo de químicos para los demás, se trata de una conducta criminal absolutamente reprochable que se castiga de forma muy severa y con mucha diligencia por las autoridades judiciales, de manera que si un pariente o allegado suyo, o inclusive usted mismo ha sido acusado por llevar a cabo un asalto empleando un químico que puede ser considerado cáustico, es necesario que encuentre lo más pronto posible la ayuda especializada que puede brindarle un abogado criminalista experto.
Como los tenemos en Chula Vista Criminal Attorney, quienes tienen los conocimientos necesarios y la capacidad que se requiere para acompañarlo en todo este proceso, analizando los hechos y las circunstancias en que ocurrieron y encontrando las estrategias y argumentos defensivos que se pueden emplear para que el cargo sea modificado, de modo que sus efectos negativos sean minimizados en lo posible, y en el supuesto de que durante la investigación se hayan violentado derechos de su defendido que sean garantizados constitucionalmente, es posible que se logren excluir del procedimiento piezas de evidencia o de pruebas que sean cruciales para la Fiscalía, lo que podría dar lugar a una desestimación de la acusación, pero todos estos escenarios sólo pueden ser detectados por un abogado experto, por lo que debe comunicarse con nuestras oficinas a la brevedad posible.
¿Cómo está regulado el asalto usando químicos cáusticos en California?
La disposición 244 PC, a la que antes hicimos referencia, establece que constituye una actividad delictiva arrojar, lanzar o colocar una sustancia que puede ser considerada como químico cáustico o que sea inflamable, sobre otro sujeto, con el propósito de causarle heridas o de desfigurarlo.
En términos básicos, el artículo 244 PC antes mencionado, dispone que todo individuo que intencionada y maliciosamente arroje, lance o coloque, o cause que se lance, arroje o coloque sobre otro individuo cualquier ácido corrosivo, vitriolo, sustancias inflamables o químicos cáusticos, cualquiera estos sean, con el propósito de causar daños a la integridad física del cuerpo del mismo o para desfigurarlo, habrá llevado a cabo esta conducta delictiva.
A los efectos de esta regulación, el término sustancia inflamable está referido a gasolina, cualquier producto derivado de petróleo o sustancias líquidas inflamables que tienen el punto de ignición igual o inferior a ciento cincuenta grados Fahrenheit.
¿Cuáles son los elementos constitutivos que deberá demostrar la representación fiscal ante un Tribunal para que un procesado sea declarado responsable por este tipo de conductas ilegales?
Los elementos básicos que se requieren para que se entienda configurada esta conducta criminal se encuentran incluidos en la propia definición que establece la ley sobre la misma, por lo que procederemos a desglosarlos:
- El procesado ha debido actuar de manera voluntaria y maliciosa,
- El procesado arrojó, lanzó o colocó, o hizo que otro lanzara, colocara o arrojara una sustancia,
- La sustancia arrojada, lanzada o colocada debió tratarse de una especie de químico cáustico, sustancias de tipo corrosivo, sustancias inflamables o vitriolo,
- Que dicha sustancia fue lanzada, arrojada o colocada sobre otro individuo,
- Que el propósito de tal acción fue causar daños corporales o desfigurar al otro individuo.
¿Qué se considera un químico cáustico según el 244 PC de California?
Un químico cáustico se define generalmente como sustancias que pueden quemar o corroer los tejidos vivos. El vitriolo es un tipo de sustancia cáustica. Se refiere específicamente al ácido sulfúrico y a los compuestos que están relacionados con el mismo. No obstante, la disposición 244 PC antes nombrada, igualmente se aplica en caso de que el químico lanzado, arrojado o colocado sobre otro individuo se trate de sustancias inflamables, que son aquellas que tienen el punto de ignición igual o inferior a los ciento cincuenta grados Fahrenheit.
Cuando hablamos de punto de ignición, nos referimos a la temperatura más baja a la que puede encenderse el vapor de un líquido. De modo que mientras menor sea su punto de ignición, más fácilmente se encenderá la sustancia y mayor grado de peligrosidad representa. En este sentido, la gasolina posee el punto de ignición de alrededor de 40 grados, por lo que se considera extremadamente inflamable, razón por la cual es una sustancia que se considera incluida en la regulación prevista en la disposición 244 PC.
En cambio, sustancias como los aceites para motores, a pesar de ser derivados del petróleo, no califican para la regulación establecida en la disposición 244 PC, por cuanto su punto de ignición supera los 400 grados F. En consecuencia, no son lo suficientemente inflamables como para representar un peligro o riesgo inmediato.
Ahora bien, podemos mencionar que entre las sustancias cáusticas que son más comunes, se encuentran:
- Productos que son manufacturados a partir del petróleo, como el azufre, el diésel, el combustible y el queroseno.
- Productos químicos que se emplean para mantener ciertas instalaciones, como las piscinas, encontrándose entre ellos el cloro.
- Determinadas mezclas de soluciones químicas que se emplean en limpiezas.
- Algunas pinturas que tienen su base en un aceite.
De la lista que hemos mencionado, podrá observarse que no cualquier tipo de sustancia química puede ser considerada como cáustica, a los fines de lo establecido en la disposición 244 PC a la que antes hemos hecho referencia. Por tanto, sólo resulta aplicable a determinada categoría de sustancias químicas, de modo que una excelente estrategia defensiva que puede ser empleada por un abogado es solicitar la declaración de expertos químicos que puedan afirmar que los químicos lanzados, arrojados o colocados sobre la presunta víctima no califican como químicos de tipo cáustico.
¿Qué significa actuar de manera deliberada y maliciosamente?
Un sujeto actúa de manera voluntaria, cuando realiza determinada actividad a propósito. Ahora, un individuo actuará de forma maliciosa cuando lleva a cabo un acto que es ilícito, con toda la intención de ejecutarlo, o cuando ejecuta actividades ilegales que tienen el objetivo de herir, molestar o defraudar a otro sujeto, al que podríamos llamar víctima. Demostrar que un procesado ha actuado de manera maliciosa, normalmente obliga a la Fiscalía a efectuar un examen de los antecedentes del procesado y de su posible relación previa con la presunta víctima, para determinar si existieron hechos en base a los cuales puede demostrarse la malicia requerida.
No obstante, si lo que puede demostrarse es que los daños fueron ocasionados de manera accidental, ello significa que el procesado no llevó a cabo una actuación intencionada y maliciosa, razón por la cual no podría ser declarado responsable por asaltar a otro con sustancias químicas cáusticas.
Como ejemplo, podemos pensar en que Kevin actualmente no posee un empleo y tiene que vivir en un tráiler, de los que se conocen como casas rodantes. Para poder tener calefacción en invierno necesita adquirir queroseno y llenar su tanque, pero no dispone del dinero que se necesita para poder pagarlo.
Sin embargo, Kevin sabe que en el garaje de su vecino se guardan varios contenedores con este líquido inflamable y decide irrumpir en el mismo para hurtar uno de esos contenedores, siendo sorprendido en el acto por el vecino, quien lo agarra por la manga de su chaqueta y lo zarandea, ocasionando que la tapa del contenedor salga despedida y que el queroseno salpique tanto a Kevin como al vecino.
En este escenario, Kevin debe ser declarado responsable de robo, según lo establecido en la disposición 484 del Código Penal, por haber irrumpido dentro del garaje de su vecino para llevar a cabo una conducta ilícita, pero no de asaltar al vecino con una sustancia química cáustica o inflamable, porque en el transcurso de la comisión del robo, el queroseno fue arrojado sin intención ni malicia, ya que ese nunca fue su propósito.
¿Cuál es la distinción entre un asalto usando químicos de tipo cáustico y un asalto empleando un arma mortal?
La distinción esencial entre ambos tipos de conducta criminal se encuentra en que en el caso de un asalto con el uso de sustancias que pueden ser calificadas como cáusticas, es necesario que el químico empleado haya tenido contacto directo realmente con el físico de la supuesta víctima, mientras que un asalto empleando un arma mortal no exige que ocurra tal contacto, ya que basta con que el asaltante haya hecho el intento de tocar o de herir físicamente a la supuesta víctima con ese tipo de arma, para que se entienda configurado el hecho.
Otra diferencia fundamental es que el asalto empleando un arma que pueda ser calificada como mortal constituye un wobbler, de modo que podría ser procesado como una felonía o como un delito menor, dependiendo de las circunstancias, mientras que un asalto haciendo uso de sustancias cáusticas se califica directamente como una felonía, de manera que un cargo por este tipo de conductas ilícitas no puede ser objeto de reducción a delitos menores.
¿Cuáles son los castigos que pueden imponerse a un sujeto que haya sido imputado por la conducta ilícita regulada en la disposición 244 PC?
Como hemos explicado antes, un asalto empleado sustancias químicas cáusticas se califica directamente como una felonía, de manera que los castigos que se podrán imponer a un sujeto que sea declarado responsable por este tipo de hecho punible pueden ser:
- Libertad condicional bajo régimen de control o formal, o
- Pena privativa de libertad que puede llegar a los cuatro años de cárcel, y/o
- Multas judiciales cuyo monto máximo puede alcanzar los $10.000,00.
En caso de que el procesado sea beneficiado con un régimen de libertad condicional, se exigirá, en primer lugar, que el mismo pase un lapso de un año en una cárcel del condado y que pague la multa judicial que le haya sido impuesta. Además, se le impondrán múltiples obligaciones o condiciones que deberá acatar, entre las cuales se encuentra cumplir con un régimen de presentación periódico ante el oficial al que se le encargue la supervisión de la libertad condicional del procesado, así como tener que pagar una indemnización a su víctima, por causa de los daños y perjuicios que le hayan sido ocasionados, tener que asistir de forma obligatoria a sesiones de terapia o asesoramiento grupal o individual, llevar a cabo actividades de servicio comunitario, y acatar cualquier orden o medida de restricción o de protección que haya sido emitida por la Corte a favor de la víctima, para que se mantenga apartado de ella.
Debemos recordar que el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones o condiciones que le hayan sido impuestas al procesado en este tipo de regímenes puede ocasionar que el beneficio le sea suspendido, siendo remitido a la cárcel para cumplir con la totalidad de la pena restrictiva de libertad que le fue impuesta por el delito subyacente, más una condena adicional, porque violar los términos de la libertad condicional se considera un crimen en sí mismo.
¿Qué conducta debe asumir un imputado que recibe una acusación por haber llevado a cabo un asalto empleando sustancias químicas cáusticas?
Su primera conducta debe ser permanecer en silencio, absteniéndose de realizar cualquier tipo de declaración, bien sea a los oficiales policiales actuantes, o a los medios de comunicación, aunque el individuo piense que lo que vaya a decir pueda explicar la situación ocurrida. Recuerde que normalmente estos sujetos no son expertos en derecho penal y que todo lo que declaren podrá ser tergiversado o sacado de contexto para ser empleado en su contra.
Es importante tratar de recordar todos los detalles que rodearon los hechos, en particular, porque con el paso del tiempo, tenemos la tendencia a olvidar algunos de ellos, por eso es de total relevancia que el individuo anote todo aquello que recuerde, como la hora y la fecha, el sitio en el que pasó todo, quienes eran los sujetos que estuvieron presentes y que podrán ser llamados luego como testigos a su favor, que fue lo que el presunto agresor dijo, cuáles fueron los actos que realizó frente a los testigos, así como cualquier otra información que pueda ser relevante, por mínima que parezca, porque con ello se va a facilitar la labor de su abogado defensor. Es importante dejar en claro si existía alguna clase de relación anterior entre el presunto asaltante y la supuesta víctima, y de qué clase de relación se trataba, dejando constancia de todos los datos relacionados con la misma que sean pertinentes.
El siguiente paso que debe darse es contratar los servicios de un abogado criminalista experto, que tenga conocimientos de las leyes relacionadas con el asalto, tanto estatales como locales, y cuando el supuesto asaltante contrate a su abogado, debe ser honesto con él, asegurándose de darle todos los datos e informaciones que sean relevantes y que previamente fueron recopiladas por el acusado. De este modo, el abogado defensor podrá tener un panorama concreto del caso y le será más sencillo estudiar las circunstancias en que ocurrieron los hechos, y seleccionar la estrategia defensiva que resulte más adecuada, al mismo tiempo que le brindará a su defendido la asesoría que necesita y contestará a todas sus interrogantes de forma eficaz y oportuna.
Ahora bien, el que un sujeto sea acusado de haber llevado a cabo una actividad criminal, no quiere decir que necesariamente va a ser declarado responsable de la misma, ya que un buen abogado criminalista será capaz de encontrar varias opciones que favorezcan a su defendido, entre las que podemos mencionar:
- Llegar a un acuerdo con la presunta víctima por una suma de dinero fuera del Tribunal.
- Llegar a un arreglo con la representación fiscal, en el cual el imputado aceptará la responsabilidad por un hecho punible menos grave, en vez de ir a juicio.
- Organizar todos los argumentos, evidencias y pruebas que se expondrán ante el Tribunal para que sea allí donde se determine si el imputado es inocente o culpable.
¿Cuáles son los hechos punibles que se relacionan con esta clase de asalto?
- 242 PC- Agresión simple
- 245(a)1 PC- Asalto empleando un arma mortal
Estas conductas ilícitas se encuentran relacionadas con el crimen de asalto empleando químicos cáusticos, pero se trata de versiones menos serias de las leyes de agresión y asalto de California. Por esta razón, podrían ser utilizadas como parte de un acuerdo sobre la culpabilidad del imputado, lo que podría permitirle el cumplimiento de una pena de menor duración, o tener que cumplir la misma en una cárcel del condado, en vez de ir a una prisión estatal, y aumentar sus posibilidades de obtener un beneficio procesal de libertad condicional.
¿Existen argumentos defensivos que puedan ser usados para impugnar una acusación por un asalto empleando sustancias químicas cáusticas?
Efectivamente, existen líneas de defensas de uso legal que pueden ser empleadas comúnmente, con las que se podría impedir que un imputado sea condenado por esta clase de hechos punibles, no obstante, la selección de aquella que pueda resultar más adecuada para el caso concreto la tiene que hacer un abogado experto en derecho penal de California, porque sólo un verdadero conocedor del sistema podré elegir la estrategia que sea más adecuada para mejorar la situación judicial de su defendido.
Ahora bien, entre las estrategias legales de uso común, podemos mencionar:
- El imputado no actuó de manera intencionada o maliciosa.
- El imputado no tuvo el propósito de causar daños o de desfigurar a otro individuo.
- El imputado llevó a cabo la actividad de la que se le acusa en defensa propia o en defensa de un tercero.
- La sustancia que empleó el imputado no puede ser calificada como químico cáustico o inflamable.
- El imputado fue identificado erróneamente.
- El imputado fue acusado falsamente.
- La sustancia química cáustica nunca entró en contacto con el físico de la supuesta víctima.
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Asaltar a un individuo con una sustancia cáustica o inflamable, causándole graves heridas o desfiguraciones, es una conducta ilícita muy seria, que se castiga severamente en Chula Vista CA, por lo peligroso que ello puede resultar, no sólo para el sujeto en contra de quien se arroja, lanza o coloca este tipo de sustancias, sino para aquellos que puedan encontrarse a su alrededor y resultar dañados igualmente por accidente, de modo que si usted ha sido acusado por haber llevado a cabo esta clase de asalto, necesita de los servicios y de los consejos legales que sólo un profesional experto en el área puede ofrecerle y eso es lo que desde Chula Vista Criminal Attorney podemos proveerle. Una luz al final del túnel que le ayudará a sobrellevar este tipo de acusaciones, de la mano de un abogado especializado en derecho penal que estará junto con usted en cada etapa del camino, desplegando los argumentos y las estrategias defensivas con las que se pueda mejorar sensiblemente su situación ante la Corte, con una desestimación de los cargos, en el mejor de los escenarios, o con una disminución de los mismos a un hecho punible menos grave, si la preponderancia de la evidencia en su contra no es relevante.
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