En caso de ser menor de dieciocho años e incumplir de forma reiterada la ley al poseer no más de 28,5 gramos de cannabis u ocho gramos de hachís, podrías enfrentarte a hasta veinte horas de servicios comunitarios y seis horas de terapia. Si tienes entre dieciocho y veintiún años, podrías ser multado con $100. Por múltiples infracciones del artículo 11357, te arriesgas a diez horas de terapia y hasta sesenta horas de servicios comunitarios si eres menor de dieciocho años y tienes más de 28,5 gramos de cannabis, u ocho gramos de cannabis concentrado. Si eres mayor de dieciocho años, poseer más de la cantidad indicada anteriormente puede suponer seis meses de cárcel en el condado o una multa de $500, o ambas cosas a la vez.

Si eres mayor de dieciocho años y tienes una condena anterior en virtud de esta Sección, puedes ser multado con hasta $500 si tienes más de 28,5 gramos de cannabis o (ocho gramos de hachís) en las instalaciones de una escuela durante el horario escolar. También puedes ser condenado a 10 días en una cárcel del condado o a ambas penas de prisión y multa. Si eres menor de dieciocho años y tienes estas cantidades en el recinto escolar durante horas de clase, pueden enfrentar hasta diez horas de orientación y hasta sesenta horas de trabajo comunitario.

En caso de que usted o un familiar hayan sido acusados o arrestados por poseer esta sustancia y no saben cómo proseguir con el caso, tenemos la solución para usted, en Chula Vista Criminal Attorney ubicados en Chula Vista, California nuestros abogados especializados en el tema con una gran y exitosa trayectoria en el área revisarán los hechos de su caso y diseñarán una estrategia para ayudarle a obtener el mejor resultado posible en el menor tiempo. Nosotros podemos ayudar y apoyar en todo el proceso brindándole las herramientas que lo ayudarán a obtener la victoria. El asesoramiento jurídico sería idóneo para que lo comprenda todo y sea conocedor de ello.

¿Cuáles son las principales prohibiciones del código de salud y seguridad 11357(a) y (b) (posesión de marihuana)?

Para ser encontrado culpable de posesión de marihuana bajo el HSC 11357(a) y (b), la fiscalía debe demostrar que: Usted tenía ilegalmente marihuana o hachís, usted era consciente de que la droga estaba allí, usted era consciente de que era una sustancia controlada y, la marihuana o el hachís pesaban más de 5 gramos u ocho gramos.

El código de salud y seguridad 11357(a) (b) define posesión de marihuana 

La fiscalía debe establecer lo siguiente más allá de una duda razonable para condenarlo bajo el HSC 11357(a) y (b), Posesión de Marihuana: Posesión ilegal: Usted poseía ilegalmente una sustancia controlada, además usted sabía de la presencia de la sustancia controlada, usted conocía la naturaleza o el carácter de la sustancia como sustancia controlada, la sustancia controlada era marihuana o cannabis concentrado y la marihuana o el cannabis concentrado que poseía estaba en un importe establecido por la ley.

Ejemplo 

El acusado Diego, nativo de otro estado, viene a California para educarse. Diego compra siete gramos (un cuarto de onza) de marihuana en un comercio, sabiendo que el estado hizo legal la marihuana el año anterior y viniendo de un lugar donde no lo es. Por otro lado, el comercio  no le pide a Diego que se identifique, por lo que no saben que tiene 18 años. Ese mismo día, Diego es detenido por un delito no relacionado. El agente descubre su marihuana. Diego se enfrenta ahora a una acusación adicional de infracción del artículo 11357(a) (2). Diego está desconcertado por qué. ¿Puede ser declarado culpable de los cargos por drogas?

Conclusión: Aunque está permitido poseer y consumir marihuana en California, no está permitido que los menores de veintiún años lo hagan. Como resultado, Diego, que era consciente de que tenía marihuana en su posesión en el momento de su detención, tenía una sustancia restringida en su posesión y era consciente de ello. La ley también hace que la cantidad de marihuana que tenía Diego sea ilegal. A pesar de que la marihuana es legal para poseer y consumir en California, Diego podría ser procesado bajo la ley 11357(a) (2).

Sanciones por poseer marihuana en virtud al código de salud y seguridad 11357 (a) (d)

  • HSC §11357(a), Posesión de Marihuana, Primera Infracción

Si es menor de dieciocho años y viola por primera vez la ley HSC 11357(a) por tener no más de 28,5 gramos de cannabis u ocho gramos de hachís, puede recibir cuatro horas de terapia y hasta diez horas de servicio comunitario, todo lo cual debe realizarse en un plazo de sesenta días. En caso de infracciones sucesivas, se pueden aplicar seis horas de terapia y hasta veinte horas de terapia de servicio comunitario, todo lo cual debe realizarse en un plazo de noventa días.

  •  Posesión de Marihuana, HSC 11357(b)

 Por una primera violación de la Sección 11357(b), si eres menor de dieciocho años y tienes más de 28.5 gramos de cannabis (u ocho gramos de hachís), te enfrentarás a ocho horas de terapia y hasta cuarenta horas de servicio comunitario, las cuales deben ser completadas dentro de noventa días. Tras una condena, se le puede exigir que realice diez horas de terapia y hasta sesenta horas de servicio comunitario en un plazo de ciento veinte días.  Si es mayor de dieciocho años, poseer más de la cantidad mencionada puede dar lugar a seis  meses en una cárcel del condado o a una multa de $500, o a ambas cosas, multa y prisión.

  • Posesión de Marihuana en el área escolar, persona menor de 18 años, HSC 11357(d)

 Por una primera violación de la ley 11357, te enfrentas a ocho horas de asesoramiento y hasta cuarenta horas de servicio comunitario (que deben completarse en noventa días) si eres menor de dieciocho años y tienes más de 28,5 gramos de cannabis u ocho gramos de hachís mientras estás en los terrenos de la escuela durante el horario escolar (d). Tras una condena, se te puede exigir que realices diez horas de terapia y sesenta horas de servicio comunitario en un plazo de ciento veinte días.

En caso de presentarse, ¿cuál es la defensa actual?

Las siguientes son cuatro defensas típicas a un cargo de Posesión de Marihuana bajo el HSC 11357:

  • No era suya

Ejemplo 

La acusada Daniela, de diecisiete años, asiste a una actuación con su novio. El novio empieza a fumar marihuana mientras están cerca de la puerta principal del local. Rápidamente recuerda que se ha dejado la entrada en el coche de Daniela y le entrega el porro. Cuando un agente de policía asignado a la actuación huele marihuana, se acerca a Daniela y le pide su identificación. Daniela es detenida por infringir la norma HSC 11357(a) (1) una vez que el agente descubre su edad y que no tiene antecedentes penales. Daniela afirma que no ha hecho nada malo. ¿Puede Denise ser declarada culpable?

Daniela estaba en posesión de un narcótico restringido, que probablemente conocía (ya que los hechos no sugieren nada en contrario). Al ser confrontada por un agente de policía, también era consciente de que estaba en posesión del porro. Daniela no estaría en posesión legal de la marihuana como joven de diecisiete años. Por lo tanto, cualquier persona en posesión de cualquier cantidad de marihuana, incluido el pequeño porro que tenía en la mano, podría enfrentarse a sanciones en virtud de la ley. Las pruebas apuntan a una condena. Sin embargo, como demuestran los hechos, el porro que Daniela estaba fumando era en realidad del novio, y ella simplemente lo sostuvo el tiempo suficiente para que él recogiera su billete olvidado. Por lo tanto, Daniela puede quedar exculpada si su abogado sostiene con garantías que su tenencia era sólo provisional.

  •  No era consciente de la presencia de la misma

 Ejemplo 

El acusado Diego, diecinueve años acude a una reunión ofrecida por un amigo, que pide la cena aquella misma noche, pero está demasiado ebrio para conducir hasta el restaurante. Diego está dispuesto a ayudar. Douglas sale después de recibir las llaves del vehículo de Fran. No obstante, Fran omite revelar que se le busca por impago de sanciones de aparcamiento y cuenta con una orden de detención. Diego descubre la orden sólo después de ser detenido. El agente que le detiene solicita permiso para registrar el vehículo, lo que Diego le concede, pero descubre más de 20 onzas de marihuana en su interior. Diego es detenido y presentado como acusado de infringir la ley HSC 11357(a) (2), a pesar de que insiste en que es inocente. ¿Debe ser declarado culpable o inocente basándose en estos hechos?

Conclusión: Diego estaba en "posesión constructiva" de veinte onzas de marihuana ya que tenía acceso a la sustancia mientras estaba dentro del camión como conductor. Como joven de diecinueve años, la posesión de marihuana por parte de Diego sería ilegal según la ley de California. En consecuencia, la posesión de cualquier cantidad de marihuana sería ilegal según la ley. Todos estos datos apuntan a la culpabilidad de Diego. Por otra parte, Diego no conducía su propia camioneta, por lo que es seguro suponer que no tenía ni idea de lo que había en el vehículo de Fran cuando lo tomó prestado. Como resultado, un jurado podría tener dudas legítimas sobre el conocimiento de Diego, lo que podría jugar a su favor. Como resultado, Diego debería ser declarado no culpable porque no era consciente de la presencia de la marihuana.

  •  Usted no la poseía

 Ejemplo 

El acusado David, de 20 años, tiene una condena anterior por tráfico de cocaína. Mientras sigue haciéndolo, decide hacer una réplica de marihuana con incienso y plantas caseras secas y venderla a transeúntes desprevenidos. David prepara media onza de su imitación y la lleva al Parque Público, donde es detenido después de que un agente encubierto le oye informar a un invitado del Parque de que tiene marihuana. Se han presentado cargos de 11357(a) contra David. ¿Es responsable del delito?

Conclusión: La intención de David era hacer creer que la mezcla de productos químicos que llevaba encima era marihuana. Como resultado, la acusación carece de un elemento del delito. Cada vez que esto sucede, los tribunales de este estado deben fallar a favor del acusado. Como resultado, David debe ser absuelto ya que la fiscalía no puede demostrar un elemento de la acusación. David no llevaba marihuana encima.

HSC 11362.5 la marihuana medicinal y la proposición 215

En 1996, los votantes de California aprobaron la Proposición 215, "La Ley de Uso Compasivo", que hace legal la posesión y el uso de la marihuana. La Proposición 215 se incorporó posteriormente como la sección 11362.5 del Código de Salud y Seguridad. En principio, la Proposición 215 autoriza el uso de marihuana con la autorización de un médico. Para conseguir una derivación legítima, se tiene que diagnosticar una " condición seria". 

También puedes solicitar y adquirir una tarjeta de identificación de marihuana medicinal si cumples los requisitos. Los carnés de identificación para la marihuana medicinal se consiguen a partir del organismo de salud de su condado. No son accesibles en todos los condados de California. Si es genuina, la tarjeta de identificación de marihuana medicinal le permite consumir, poseer, transportar y/o producir marihuana legalmente. Asimismo, queda expuesto al cobro del impuesto por ventas y uso. Una tarjeta de identificación de marihuana medicinal, por otro lado, no le permite regalar o vender marihuana, ni le permite poseer marihuana con el objetivo de venderla. Sólo permite el uso personal de la marihuana.

También se puede tener hasta ocho onzas de marihuana seca ("flor") con una tarjeta de identificación de marihuana medicinal. También permite el desarrollo de seis plantas de marihuana maduras o doce inmaduras. La tarjeta también permite el tránsito de cantidades razonables. (Con una tarjeta válida, también se puede poseer y consumir hachís (hash), o cannabis concentrado). Sin embargo, no está permitido consumir marihuana en ningún lugar donde esté prohibido fumar. Lo mismo ocurre con el hecho de fumar marihuana en las instalaciones de la escuela o del centro juvenil o cerca de ellas. También está prohibido consumir marihuana mientras se conduce un vehículo de motor, una embarcación o un autobús escolar.

También es posible obtener una tarjeta de identificación de marihuana medicinal para actuar como "cuidador principal" para otra persona (no es necesario tener un carné para conseguirlo). Para ello, debes tener dieciocho años de edad. Asimismo, debe ser la persona encargada del hogar, la protección y la salud del enfermo, y éste tiene que identificarle a usted en calidad de "cuidador principal".  En consecuencia, el paciente debe solicitar tu tarjeta, que caducará cuando lo haga la tarjeta de identificación de marihuana medicinal del paciente.

Proposición 64y legalización de la marihuana

Después de que los votantes de California aprobaron la Proposición 64 en noviembre de 2016, se legalizó la posesión y el consumo de marihuana por parte de los particulares, así como su venta por parte de las empresas. Desde enero de 2018, la ley está en vigor.

La marihuana solamente puede ser legalmente adquirida, consumida, exportada o comercializada por aquellos que tengan veintiún años de edad o más. La posesión o transporte de marihuana está limitada a 28,5 gramos (aproximadamente una onza) o hasta ocho gramos de cannabis concentrado. Poseer más es un delito menor, sin embargo, los menores de veintiún años pueden optar a una terapia de drogas o a servicios comunitarios.

Las personas de dieciocho años o más que posean o consuman marihuana en las instalaciones de cualquier escuela durante el horario escolar o durante cualquier actividad relacionada con la escuela se enfrentarán a multas en virtud de la Propuesta 64. El tratamiento contra las drogas o el servicio comunitario están disponibles para los menores de dieciocho años. Sólo se puede consumir marihuana en áreas oficialmente aprobadas donde el límite de edad sea de veintiún años y no se venda alcohol o cigarrillos (o en tu propia casa, por supuesto).

La prohibición de poseer marihuana para su venta fue modificada por la Proposición 64. Las personas que poseen marihuana con el propósito de venderla ahora se arriesgan a ser acusadas de un delito menor, a menos que tenga una condena anterior por un delito grave, un delito sexual, o al menos dos condenas anteriores por posesión de marihuana para la venta, o a menos que la hayan vendido a alguien menor de dieciocho años. El transporte de marihuana, así como la posesión de marihuana para la venta, está ahora permitido, sujeto a ciertas restricciones.

Si te pillan transportando marihuana sin licencia, se te acusará de un delito menor a menos que tengas una condena previa por un delito grave, un delito sexual o al menos dos condenas previas por posesión de marihuana para la venta, o a menos que la hayas vendido a alguien menor de dieciocho años o hayas transportado más de 28,5 gramos de marihuana (u ocho gramos de cannabis concentrado).

Las plantaciones de marihuana, entre otros.

Plantar, cultivar, cosechar, secar o procesar marihuana (HSC 11358) se refiere al acto de plantar, cultivar, cosechar, secar o procesar cualquier parte de una planta de cannabis. Marihuana se define como toda o parte de la planta de Cannabis sativa, ya se trate de una planta en desarrollo o no, con inclusión de las semillas y la resina procedente de todas las partes de la planta de acuerdo con la ley. También se incluye toda sustancia química, fabricación, sal, derivado, combinación o preparación de la planta, sus semillas o resina.

La marihuana está clasificada como un "wobbler" en California porque puede ser castigada como un delito menor o un delito mayor dependiendo de los hechos de su caso. Por tres o más infracciones de la Ley, por tener una condena por delito sexual en su historial, o por generar una de las consecuencias ambientales establecidas en el estatuto, puede obtener una sentencia por delito grave.  El sistema estatal "Three Strikes" también se aplica a la Sección 11358. Usted pasará al menos veinticinco años en una cárcel estatal si obtiene tres "strikes", si te condenan por plantar marihuana, etc., podrías enfrentar las siguientes penas (sin ninguna mejora adicional): Una sentencia de hasta tres años en una prisión estatal, una multa de hasta $10,000 o ambos.

Es importante recalcar que la marihuana no incluye los tallos maduros de la planta, la fibra producida a partir de los tallos, el aceite o la torta elaborados a partir de las semillas de la planta, o cualquier otro compuesto, manufactura, sal, producto derivado, combinación o elaboración de los vástagos maduros (a excepción de la resina derivada de los mismos), fibra, aceite o la torta; o la semilla esterilizada de la planta, que es incapaz de germinar.

¿En caso de ser acusado de cometer este delito, cómo puedo actuar?

Los delitos de drogas son considerados cargos severos en California. Si usted ha sido acusado de posesión de Marihuana, debe ponerse en contacto con un abogado de defensa criminal experimentado y dedicado tan pronto como sea posible. Recuerde que un abogado de defensa criminal experto puede ser capaz de: Negociar un cargo menor en un acuerdo de culpabilidad; conseguir que su sentencia sea reducida; o tal vez hacer que sus cargos sean eliminados por completo.

Encontrar un abogado cerca de mí

Si usted o alguien que usted conoce han sido arrestados o acusados de posesión de marihuana, nuestros abogados revisarán los hechos de su caso y diseñarán una estrategia de defensa para ayudarle a obtener el mejor resultado posible. El grupo de abogados de Chula Vista Criminal Attorney ubicados en Chula Vista California, pueden ayudarlo en lo que necesite. Ellos harán todo lo que se encuentre en sus manos para que usted obtenga los resultados que merece y desea. En caso de que usted o su ser querido deseen un poco más de información respecto al tema no dude en comunicarse con nosotros llamándonos al siguiente número de teléfono 619-877-6894 para dar inicio al proceso lo más antes posible.