Las autoridades encargadas del cumplimiento de la ley de Chula Vista toman seriamente el procesamiento de los perpetradores de DUI. Por lo cual, si ha sido arrestado por este hecho punible, debe tener en cuenta que se le impondrán sanciones severas si resulta condenado. Para evitarlo, es crucial contactar a un abogado penalista con experiencia que lo ayude a combatir los cargos.
En el presente artículo, explicaremos la definición legal de DUI, cuáles son sus tipos, y las sanciones estipuladas en la ley para el mismo. Además, expondremos cómo puede combatir estos cargos y sus diferencias con delitos similares.
Si enfrenta cargos similares no dude en contactarnos, los abogados penalistas de Chula Vista Criminal Attorney, localizada en Chula Vista, en el estado de California, somos los profesionales con la formación y experiencia adecuada para implementar una defensa apropiada en su caso con el fin de lograr que se retiren los cargos en su contra.
¿Cuál es su definición legal?
El término “DUI” es un acrónimo para conducir bajo la influencia, el cual está contemplado en una serie de disposiciones legales, siendo la principal el artículo 23152 del Código Vehicular. Este prohíbe conducir estando bajo los efectos de alcohol o drogas, entendiéndose por estas últimas tanto las ilícitas, como los medicamentos prescritos por un médico.
En el estado de California, el límite legal de contenido de alcohol en la sangre es de 0.08%. De manera que, la policía lo arrestará si descubre que estaba conduciendo mientras superaba este límite. Pero es importante destacar puede ser arrestado por el mismo siempre que esté manejando sin estar sobrio.
¿Cuáles son sus tipos?
El DUI se caracteriza por ser un delito de carácter prioritario. Esto significa que las sanciones aumentan cada vez que un mismo individuo sea condenado por este delito. Este se categoriza de la siguiente forma:
- Primera Ofensa.
- Segunda Ofensa.
- Tercera Ofensa.
Por otro lado, está clasificado como un wobbler, lo que implica que la fiscalía puede imputarlo como delito menor o delito grave según lo consideren adecuado, para lo cual evaluarán los hechos particulares de cada caso.
Generalmente, se imputa como delito grave si el acusado ocasionó un accidente mientras conducía estando ebrio, del cual una persona resultó herida. Este tipo de DUI que genera lesiones es castigado severamente debido a su gravedad.
¿Cuáles son sus sanciones?
Las sanciones que acarrea este delito dependen del tipo de DUI imputado. A continuación, conoceremos las sanciones aplicables según el tipo de DUI.
1. Primera ofensa. Se encuentra categorizado como delito menor, y es imputado a los individuos que son arrestados por DUI, cuando no han sido condenados por este delito anteriormente. Sus sanciones incluyen las siguientes:
- Libertad informal para delitos menores, cuya duración varía entre los 3 y 5 años.
- Hasta 6 meses de cárcel en el condado.
- Multas que oscilan entre los $390 y $1.000.
- Asistencia obligatoria a una institución educativa sobre DUI por un periodo que varía entre los 3 y 9 meses.
- Instalación obligatoria de IID dentro de su automóvil por 6 meses.
- Suspensión de su permiso de conducción de 6 a 10 meses.
2. Segunda ofensa. También se encuentra en la categoría de delitos menores y se imputa a los arrestados por DUI que tienen una condena previa por DUI en su registro delictivo, siempre que esta haya sido dictada en el transcurso de los 10 años anteriores. Sus sanciones incluyen las siguientes:
- Libertad informal para delitos menores, cuya duración varía entre los 3 y 5 años.
- Hasta un año de cárcel en el condado.
- Multas que oscilan entre los $390 y $1.000.
- Asistencia obligatoria a una institución educativa sobre DUI por 18 o 30 meses.
- Instalación obligatoria de IID dentro de su automóvil por un año.
- Suspensión de su permiso de conducción por un máximo de 2 años.
3. Tercera ofensa. Es imputado cuando tiene dos condenas anteriores de DUI en su registro criminal, las cuales fueron dictadas en los 10 años previos. Aunque con frecuencia se imputa como delito menor, el Departamento de Fiscalía de Chula Vista también puede presentar los cargos por delito grave, en particular si existen factores agravantes en el caso concreto. A continuación, indicaremos sus sanciones por delito menor.
- Libertad informal para delitos menores, cuya duración varía entre los 3 y 5 años.
- Hasta un año de cárcel en el condado.
- Multas que oscilan entre los $390 y $1.000.
- Asistencia obligatoria a una institución educativa sobre DUI por 30 meses.
- Instalación obligatoria de IID dentro de su automóvil por dos años.
- Suspensión de su permiso de conducción por 3 años.
- El DMV procederá a nombrarlo un infractor habitual de tránsito.
4. DUI que produce lesiones. Al igual que el anterior, este delito puede imputarse como un delito grave o un delito menor, en función de las circunstancias particulares del caso, siendo las sanciones que acarrea por delito menor, las siguientes:
- Libertad informal para delitos menores, cuya duración varía entre los 3 y 5 años.
- Hasta un año de cárcel en el condado.
- Multas que oscilan entre los $390 y $5.000.
- Asistencia obligatoria a una institución educativa sobre DUI por 3, 18 o 30 meses.
- Instalación obligatoria de IID dentro de su automóvil por seis meses.
- Suspensión de su permiso de conducir por un año.
- Obligación de pagar restitución a los agraviados.
En tanto que las sanciones previstas por los cargos de delito grave, incluyen las siguientes:
- Pena de prisión estatal de 10 años como máximo, adicionalmente a un periodo consecutivo de un máximo de 6 años de prisión.
- La incorporación de un strike a su registro criminal, en virtud de la Ley de los Tres Delitos y Fuera.
- Multa que oscila entre los $1.015 y $5.000.
- Asistencia obligatoria a una institución educativa sobre DUI de 18 a 30 meses.
- El DMV procederá a nombrarlo un infractor habitual de tránsito por 3 años.
- Instalación obligatoria de IID dentro de su automóvil por 3 años como periodo máximo.
- Suspensión de su permiso de conducción por un máximo de 3 años.
- Obligación de pagar restitución a los agraviados.
5. DUI como delito grave. Se imputa a los arrestados por DUI que tienen 3 o más condenas previas por el mismo en su registro criminal, las cuales fueron dictadas en los 10 años anteriores. Sus sanciones, incluyen las siguientes:
- Pena de prisión estatal de dieciséis meses, dos o tres años.
- Multas que oscilan entre los $390 y $1.000.
- Instalación obligatoria de un IID dentro de su automóvil por un mínimo de un año.
- Suspensión de su permiso de conducción por un máximo de 4 años.
- El DMV lo nombrará un infractor habitual de tránsito.
¿Cuáles son los términos de la libertad condicional?
La medida de libertad condicional es impuesta con frecuencia entre las sanciones por este delito. Si el juez decide imponerla en su caso, lo someterá obligatoriamente a varias condiciones que debe asegurarse de cumplir plenamente. De no ser así, será castigado por transgredirlas. Estas incluyen las siguientes:
- Prohibición de conducir luego de haber consumido alcohol.
- Prohibición de realizar otras actividades legales.
- Prohibición de negarse a someterse a una prueba de DUI.
Por otra parte, existen una serie de términos que no se imponen en todos los casos, ya que el juez puede dictarlas opcionalmente si lo considera adecuado. Estas incluyen las siguientes:
- Asistencia obligatoria a las reuniones de Narcóticos Anónimos, o Alcohólicos Anónimos.
- Participación en el programa de impacto de víctimas “MAAD”.
- Pagar una restitución al agraviado, en el supuesto de que haya generado un accidente en el que alguien resultó herido.
¿Cuáles factores se consideran agravantes?
La presencia de algunos factores puede agravar la pena de privación de libertad en la cárcel o prisión, independientemente del tipo de cargo de DUI que le haya sido imputado. Estos incluyen:
- Un porcentaje de contenido de alcohol en la sangre de 0.15 o mayor.
- Tener menos de 21 años en el momento de la comisión del delito.
- Negarse a que se le realice un examen de DUI.
- Evidencia de que una persona menor de 14 estuvo presente en su vehículo mientras conducía ebrio.
- Provocar un accidente.
- Exceder el límite de velocidad legal.
Debe tener presente que el juez tiene la facultad de incrementar la pena impuesta cuando lo considere conveniente. En tal caso, el periodo de esta pena adicional que recibirá dependerá de su historial delictivo y los hechos particulares del caso.
¿Cuáles son las sanciones alternativas?
Si es declarado culpable, existe una forma de evitar que se imponga la pena de cárcel o prisión, dado que existen opciones de sanciones alternativas, como las siguientes:
- Privación de libertad en cárcel privada.
- Residir en un entorno propicio para mantenerse sobrio.
- Trabajo en carreteras con Cal-Trans.
- Arresto domiciliario, o vigilancia electrónica.
- Servicio comunitario.
Generalmente los abogados no conocen que existen estas opciones alternativas, por lo cual es fundamental que un abogado experimentado en DUI ejerza su representación y procure que estas se dicten, en lugar de las penas más estrictas que contempla la ley.
¿Cuáles argumentos defensivos pueden presentarse?
Existen numerosos argumentos de defensas que pueden ser útiles para combatir estos cargos. Estos incluyen los siguientes:
1. No se encontraba afectado por alcohol o drogas. Entre los elementos principales que la fiscalía debe demostrar para que se dicte una condena, se encuentra que el acusado estaba bajo la influencia de alcohol o drogas. Además, debe alcanzar el estándar de evidencia requerido en los casos penales, el cual es más allá de la duda razonable. Si fallan en demostrar cualquier elemento conforme a este estándar, será absuelto de los cargos.
Para lograr demostrar este requisito en específico, el fiscal presentará pruebas de que usted mostraba algunos síntomas o signos físicos de encontrarse en estado de ebriedad, reprobó el examen para detectar su BAC, o el examen de sobriedad llevado a cabo por la policía en el lugar del arresto.
Asimismo, existen algunos síntomas físicos que pueden sugerir que un individuo se encuentra ebrio; entre ellos se encuentran la ausencia de equilibrio, olor a alcohol, ojos irritados, y dificultad para hablar de forma clara y coherente.
Sin embargo, es importante tener presente que estos síntomas y signos no son únicos para el estado de ebriedad, ya que pueden deberse a una afección o alteración de la salud. En este sentido; las alergias, la irritación ocular, fatiga, y resfriados pueden ser algunos causantes. Es por esto que su abogado lo argumentará en el juicio para desvirtuar las acusaciones del fiscal.
También debemos tener presente que existen distintos tipos de DUI en este estado, pero el límite legal del BAC es 0.08%, por lo que si se demuestra con los resultados de la prueba que el contenido de alcohol en su sangre superó este límite, esto bastará para que sea declarado culpable por considerarse un “DUI per se”, para el cual no se requiere que se pruebe que el consumo de las drogas o el alcohol afectaba su capacidad de conducir correctamente.
Con frecuencia, se presenta un resultado de BAC o de los exámenes de sobriedad que no son correctos, por lo que si logra probarlo no será condenado.
2. Existía alcohol en su boca. La ley establece un procedimiento que la policía debe cumplir a cabalidad al realizar el examen de BAC. Entre estas normas, debe mantenerlo vigilado durante un periodo de 15 minutos con la finalidad de cerciorarse de que no vomite, eructe, o ingiera algo que pueda tener alcohol; tal como medicamentos, enjuague bucal, o bebidas. Sin embargo, los funcionarios no siempre cumplen con este requisito.
Su propósito es evitar que el alcohol presente en la boca altere el resultado, ya que el instrumento que se emplea para llevar a cabo el examen de aliento mide el contenido de alcohol que se encuentra en el aire profundo de los pulmones. Pero si hay residuos de alcohol en la boca, este se mezclará con el aire que proviene de sus pulmones y ocasionará que los resultados reflejen un contenido de alcohol en la sangre más alto que el realmente existente.
Un abogado puede argumentar que esta fue la causa del resultado, pero debe demostrar el motivo por el cual estaba presente el residuo de alcohol en la boca para que esta defensa sea satisfactoria.
3. Cuestionar el resultado del examen de sobriedad. Es posible que la fiscalía intente utilizar los resultados de la prueba de sobriedad que se lleva a cabo antes del arresto para demostrar que usted estaba en estado de ebriedad. En este caso, su abogado puede contradecir la precisión de estos resultados.
Específicamente en Chula Vista, esta prueba consiste en que la policía le ordena caminar en línea recta, mantenerse parado en una pierna, y realiza la prueba de nistagmo horizontal.
De conformidad con la autoridad de seguridad de tránsito, conocida como “NHTSA” la prueba de sobriedad es capaz de determinar con exactitud si una persona está en estado de ebriedad, partiendo de que no existan otros factores presentes que puedan alterar el resultado, y siempre que los oficiales de policía que la llevan a cabo estén adecuadamente capacitados, y cuenten con la experiencia necesaria.
No obstante, existen una serie de circunstancias que pueden ocasionar que las conclusiones de este examen no sean precisas; como la vestimenta del sospechoso, pies planos, fatiga, que naturalmente no tenga suficiente coordinación o equilibrio, o que se encuentre nervioso.
Es por esto que, según las circunstancias del caso, su abogado puede considerar adecuado alegar la presencia de alguno de estos factores para cuestionar el resultado.
4. Impugnar el resultado del BAC. Como señalamos previamente, los resultados de las pruebas de sangre y aliento que se realizan para determinar el contenido de alcohol en su organismo, no siempre son confiables debido a varias circunstancias, como defectos en los equipos utilizados para efectuar las pruebas o que los mismos se hayan calibrado incorrectamente. Para lograr que este argumento sea satisfactorio, se requiere que aporte pruebas científicas para demostrar que el resultado es erróneo.
5. El alcohol en su sangre estaba en aumento. Luego que un individuo ingiere alcohol, el nivel de esta sustancia en su sangre empieza a aumentar hasta que llega a un punto máximo en aproximadamente 50 minutos, aunque puede alcanzar las 2 o 3 horas.
Es por esto que, si la policía lo detuvo durante este periodo, es posible que la concentración de alcohol haya llegado a su punto máximo mientras estaba siendo investigado, y por lo tanto sus resultados excedieron el límite legal. De manera que su abogado lo argumentará en el juicio y deberá presentar evidencias de que no estaba en estado de ebriedad mientras conducía.
6. La policía incurrió en conductas ilegales. Existen ciertas reglas que los funcionarios policiales deben cumplir durante la investigación, pero en muchas ocasiones esto no ocurre. En este sentido, todos los funcionarios deben observar las pautas para la práctica de los exámenes de aliento y alcohol, las cuales se encuentran contempladas en el Título 17 del del Código de Regulaciones. Estas establecen lo siguiente:
- Observar a la persona que se someterá a la prueba durante 15 minutos.
- Administrar correctamente la prueba de DUI.
- Capacitar adecuadamente al personal que practica la prueba.
- Realizar mantenimiento con regularidad al equipo empleado para la prueba.
- Calibrar cada cierto tiempo el equipo empleado para la prueba.
- Recolección, manipulación, y almacenamiento correcto de las muestras.
El incumplimiento de cualquiera de estas normas afecta la credibilidad de la evidencia presentada por la fiscalía y puede conllevar a que sea absuelto de los cargos.
Otra forma en la policía pudo haber incurrido en un acto contrario a la ley es no haber tenido una causa probable para detenerlo. Asimismo, esta es entendida como una sospecha razonable de que un individuo está perpetrando una actividad ilegal. Los ejemplos comunes de la misma, incluye que no esté respetando el límite de velocidad o pase por alto las señales de tránsito.
Cuando los oficiales de policía no tienen una razón válida para detenerlo, y aún así deciden hacerlo, su abogado defensor puede solicitar que las evidencias adquiridas durante esta detención sean excluidas de los registros por ser ilegal, lo cual puede conllevar a la inexistencia de pruebas suficientes en su contra, y una consecuente absolución de los cargos.
7. Vulneración de derechos. Aunque haya sido descubierto durante la comisión de un delito, la policía debe abstenerse de realizar actos que vulneren sus derechos humanos. Sin embargo, esto suele ocurrir con frecuencia en la práctica, por lo que su abogado puede solicitar que se realice una audiencia con el fin de se excluya de los registros del tribunal la evidencia obtenida durante el arresto o la investigación.
Durante esta audiencia, debe demostrar dicha vulneración. Si el resultado es satisfactorio, la fiscalía no tendrá suficientes evidencias en su contra y por lo tanto será absuelto de los cargos.
8. Padece ciertas afecciones o lleva un régimen alimenticio alto en proteínas. Existen algunas afecciones y planes alimenticios que pueden alterar el nivel de alcohol en su sangre, ocasionando un resultado erróneo.
Asimismo, cuando el organismo no recibe suficientes carbohidratos para utilizar como fuente de energía, recurre a la grasa almacenada. Esto ocurre cuando se padece diabetes, hipoglucemia, o ha estado consumiendo una elevada cantidad de proteínas. Durante este proceso produce cetonas, las cuales tienen alcohol entre sus componentes, por lo cual alteran el contenido de alcohol en su sangre.
De manera que puede comunicarle a su abogado si padece alguna de estas enfermedades o llevaba una dieta alta en proteína en el momento en que fue arrestado, con el fin de que alegue esta defensa, la cual es una de las más contundentes para lograr un resultado favorable.
¿Existen delitos relacionados?
La conducción imprudente y el homicidio vehicular son delitos que están estrechamente vinculados con el DUI.
Por su parte, el homicidio vehicular tiene lugar cuando un individuo que está conduciendo en estado de ebriedad, provoca un accidente que acaba con la vida de una persona. Este hecho punible constituye un wobbler y los cargos por delito menor, incluyen entre sus sanciones un máximo de un año de cárcel. En tanto que, por delito grave, acarrea un máximo de 6 años de prisión estatal.
Por su parte, el artículo 23103 del Código Vehicular consagra la conducción imprudente, la cual consiste en conducir sin el debido cuidado en estado de ebriedad. Esta recibe la denominación de “wet reckless” o conducción imprudente con presencia de alcohol cuando la condena es resultado de un acuerdo con la fiscalía para la reducción de los cargos. Este acuerdo consiste en que debe declararse culpable por este delito que contempla sanciones menores que el DUI.
Otro acuerdo empleado para una reducción de cargos es el de conducción imprudente sin la presencia de alcohol, el cual consiste en conducir sin la falta de cuidado debido, pero sin encontrarse en estado de ebriedad.
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